
Por mi parte:
Marcelo Alejandro
¡Hola! Soy el creador de Le Mie Radici, una firma dedicada a ayudar a argentinos a obtener la ciudadanía italiana y a instalarse con éxito en Italia. Desde el primer día, mi misión ha sido ofrecer un servicio de excelencia, basado en la atención personalizada y el trato humano.
Documentación requerida.
Para tramitar tu Ciudadanía Italiana
La nueva normativa ley 74/2025 para reconocimiento de ciudadania, se recomienda hacer una cita previa.
Consultá nuestra sección trámites para más información.
Requisitos Mínimos
1-Acta de nacimiento (a solicitar en el Municipio de nacimiento):-que contenga los nombres de los padres;
-en original, firmada y sellada por el Oficial del Registro Civil;
* Si el ascendiente nació antes de la creación del Registro Civil en el Municipio de nacimiento, se deberá presentar el Certificado de Bautismo:
-en original, firmado y sellado por la oficina parroquial;
-legalizado por la Curia Diocesana competente;
Actas de Estado Civil * (matrimonio, defunción) o «partidas» (no certificados):
-en original o formato GEDO;
-apostilladas si fueron emitidas en un País que no sea Italia o Argentina;
-traducidas al italiano (la traducción debe ser realizada en el País donde se emitió el acta y debidamente legalizada si no fue redactada en Argentina).
Certificado de «no naturalización» completo con todas las variantes registrales (nombre, apellido, lugar y fecha de nacimiento):
-emitido por la Autoridad competente de cada País de residencia del ascendiente (para Argentina, la Autoridad competente es la “Cámara Nacional Electoral”);
– si es emitido en un País que no sea Argentina, apostillado y traducido al italiano (la traducción debe ser realizada en el País donde se emitió el acta y debidamente legalizada);
Documentación necesaria
Solicitante:
Arbol genealogico.
Actas de Estado Civil (nacimiento, matrimonio/unión civil) o «partidas» (no certificados):
-en original o formato GEDO;
-apostilladas si fueron emitidas en un País que no sea Argentina;
-traducidas al italiano (la traducción debe ser realizada en el País donde se emitió el acta y debidamente legalizada si no fue redactada en Argentina).
Eventuales sentencias (por ejemplo, de adopción*, reconocimiento judicial, divorcio*) deben presentarse:
-en original y en formato integral (deben contener AUTOS; VISTOS; CONSIDERANDO; FALLO);
-con «Certificado de cosa juzgada» (es decir, que la sentencia es “FIRME”, o “CONSENTIDA”, o “EJECUTORIADA” o que tiene el carácter de “COSA JUZGADA”, con la indicación de la fecha desde la cual la sentencia es definitiva);
-apostilladas;
-traducidas al italiano (la traducción debe ser realizada en el País donde se emitió la sentencia y debidamente legalizada si no fue redactada en Argentina);
-acompañadas por la «Solicitud de transcripción» debidamente firmada por el solicitante;
* SENTENCIA DE ADOPCIÓN: debe especificar el estado de abandono del menor o la autorización de los padres biológicos para la adopción;
*SENTENCIA DE DIVORCIO: si hay hijos menores, debe especificar el régimen de custodia de los mismos.













